BASES LEGALES SORTEO DE 100 LIBROS “100 RECETAS ICÓNICAS DE MADRID CON PARADA EN SUS MERCADOS” DESDE LAS CUENTAS DE INSTRAGRAM @todoestaenmadrid y @madrid_mercados
04/06/2024

1.- Promotor.

La Dirección General de Comercio, Hostelería y Consumo, con sede en la C/ Príncipe de Vergara, 140, 28002 Madrid, dgcomercio@madrid.es , 91 480 47 76, en adelante “el promotor”.

El promotor estará asistido por la empresa adjudicataria del contrato para el desarrollo y gestión de la web y app del programa Todo está en Madrid del Ayuntamiento de Madrid.

 

2.- Requisitos de los participantes.

Podrán participar las personas físicas mayores de 18 años, que se hallen en el ejercicio de sus derechos civiles y sean residentes legales en España, así como personas jurídicas.

Las siguientes personas serán excluidas de la promoción. (i) funcionarios adscritos a la Dirección General de Comercio, Hostelería y Consumo, (ii) cualquier persona que haya, directa o indirectamente, participado en la concepción, realización y/o gestión del concurso.

En caso de que cualquiera de las personas enumeradas participe en el sorteo resultando agraciada, el premio será asignado al suplente de acuerdo con el punto (8º) octavo de estas bases.

 

3.- Objeto y mecánica del sorteo.

Se realizará un sorteo en Instagram de 100 ejemplares del libro de “100 recetas icónicas de Madrid con parada en sus mercados”.

El plazo de vigencia del sorteo se extiende del 4 de junio al 16 de junio de 2024.

El sorteo se realizará a través de las cuentas de Instagram @todoestaenmadrid y @madrid_mercados,  donde se lanzará la publicación de dicho sorteo

Las personas que quieran participar deberán seguir la siguiente mecánica:

  1. Seguir en Instagram las cuentas de @todoestaenmadrid y @madrid_mercados
  2.  Marcar “me gusta” en la publicación del sorteo y
  3.  Publicar un comentario en la publicación del sorteo, mencionando a:
    1. @acyremad
    2. a una persona
    3. el nombre o cuenta de Instagram de mercado favorito de Madrid, durante el período vigente del concurso 4 de junio al 16 de junio de 2024.

Se pueden publicar tantos comentarios como se quiera.

El participante se compromete a que su participación no vulnere los derechos de propiedad intelectual y/o imagen de terceros ni de las empresas encargadas de la gestión del sorteo.

 

4.- El premio.

Se sortearán un total de 100 libros titulados “100 recetas icónicas de Madrid con parada en sus mercados” (1 ejemplar por persona). La entrega del premio se realizará en cualquiera de los mercados municipales de Madrid, según la selección de cada ganador. El sorteo se realizará el 11 de junio de 2024

El premio no podrá ser cambiado, sustituido ni canjeado por su valor económico.

Queda prohibida la comercialización, venta o subasta del premio.

El premio es nominativo, no transferible y únicamente válido para el usuario que, habiendo resultado ganador, observe y apruebe los requisitos contenidos en las presentes bases.

 

5.- Ámbito geográfico.

La promoción tendrá validez en el territorio nacional español

 

6.-Recogida del premio

El premio solo podrá ser recogido por las personas ganadoras o quien las represente en el mercado municipal de Madrid que elija, no realizándose en ningún caso envíos a los ganadores.

El promotor no realizará en ningún caso envíos domiciliarios.

 

7.- Duración de la promoción.

La fecha de inicio de la promoción comenzará a las 12:00 horas el día 4 de junio y finalizará a las 23:59 horas del 16 de junio de 2024. (de ahora en adelante “Periodo Promocional”).

La fecha de selección de los/las ganadores/as y los suplentes se realizará el día 17 de junio de 2024 y la relación de ganadores se publicará en la sección NOTICIAS de la web www.todoestaenmadrid.com además de comunicarse por mensaje directo a los ganadores.

Las personas elegidas deberán escribir a su vez un mensaje directo a la cuenta de Instagram a través de la que hayan participado en el sorteo (@todoestaenmadrid o  @madrid_mercados) indicando los datos de la persona que recogerá el premio y el mercado en el que lo desean recoger.

Desde la cuenta que hayan participado en el sorteo (@todoestaenmadrid o @madrid_mercados)  se les confirmará por mensaje directo a partir de que fecha pueden pasar a recoger el premio por el mercado municipal de Madrid seleccionada.

 

8.- Comunicación.

Las bases de la presente promoción estarán disponibles en la web www.todoestaenmadrid.com

 

9.- Selección del ganador/a y suplentes.

El procedimiento de selección de las personas ganadoras se realizará de forma aleatoria entre todos los participantes que hayan mencionado en la cuenta de Instagram de @todoestaenmadrid o @madrid_mercados a @acyremad, a una persona y a un mercado municipal de Madrid, dentro del período promocional y observen las condiciones establecidas en las presentes bases legales. La selección la realizará la empresa contratada por la Dirección General de Comercio, Hostelería y Consumo del Ayuntamiento de Madrid para el desarrollo y gestión de la web y app del programa Todo está en Madrid a través de herramientas digitales de selección aleatoria.

Se seleccionarán 100 personas ganadoras, así como 10 suplentes adicionales; una vez seleccionados/as los/las ganadores/as, se deberán poner en contacto por mensaje directo a la cuenta que hayan participado en el sorteo (@todoestaenmadrid o @madrid_mercdos) para poder realizar el trámite.

Si pasadas 48 horas de contacto el ganador/a del premio, no se ha obtenido respuesta vía email, se procederá a contactar a los/las suplentes en el orden que haya resultado de la selección. Cada uno de estos/as suplentes, observará las mismas condiciones de aceptación del premio.

 

10.- Comunicación y entrega del premio.

La comunicación del premio al/la ganador/a, y en su caso, a los suplentes en el orden de selección la realizará la empresa contratada por la Dirección General de Comercio, Hostelería y Consumo del Ayuntamiento de Madrid para el desarrollo y gestión de la web y app del programa todo está en Madrid a través de herramientas digitales de selección aleatoria

El/la ganador/a resultante deberá acreditar debidamente que cumple con los requisitos de participación a través de algún documento oficial identificativo una vez le sea solicitado a través de mensaje directo de Instagram.

Si el ganador o ganadora no retira su premio en el mercado municipal de Madrid seleccionado en el plazo de 3 meses contados desde el día del anuncio de las personas ganadoras, este será devuelto a las oficinas de la Dirección General de Comercio, Hostelería y Consumo y no podrá disfrutar del premio. Salvo que, por causas de fuerza mayor, se extienda el plazo de recogida del premio.

 

11.- Reservas, limitaciones y responsabilidad del promotor.

El promotor queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los propios participantes o agraciados que impidiera su identificación o comunicación.

El promotor se reserva el derecho de excluir, sin previo aviso, a todas aquellas personas que hagan un uso fraudulento y contrario a la buena fe o que incumplieran las presentes bases o si se tiene sospecha de una manipulación incorrecta de los datos.

El promotor se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación de la promoción del sorteo. La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante el periodo promocional supondrá la descalificación automática de la participación, así como la pérdida del premio si se le hubiere otorgado.

Igualmente, el promotor no se responsabiliza de las posibles pérdidas, ausencias o cualquier otra circunstancia imputable que puedan afectar a la entrega o disfrute del premio, su uso o disfrute posterior. 

El promotor se reserva la facultad de interpretar las presentes bases legales, corregir, rectificar, así el derecho a aplazar, suspender temporalmente, repetir, cancelar la promoción y sorteo o ampliar el período promocional. En cualquiera de estos casos, se comunicará las alteraciones producidas con la suficiente antelación y publicidad para conocimiento general.

El promotor no será responsable de incidencias o daños de cualquier tipo que puedan surgir durante la gestión, desarrollo y ejecución del sorteo. Asimismo, tampoco responderá de los casos de fuerza mayor que pudieran impedir a los ganadores el disfrute total o parcial de su premio.

El promotor no tiene ninguna responsabilidad, respecto a ninguna incidencia, accidente, lesión o cualquier otra circunstancia que pueda acaecer al ganador/a en el disfrute del premio. El promotor tampoco tiene ninguna responsabilidad respecto a este punto.

Así mismo, el promotor no asume gastos o importes distintos o no previstos de los indicados que se devenguen por ningún motivo.

En iguales términos, el Promotor no asume ninguna responsabilidad por: (i) cualquier información incorrecta o inexacta que el participante proporcione en el momento de la inscripción, introducción y/o el procesamiento de respuestas, entregas, scripts o datos personales. (ii) cualquier trasmisión electrónica incompleta, fallida, confusa, errónea o desordenada relacionada con el Concurso; (iii) cualquier error humano, fallo técnico, omisión, interrupción, borrado, defecto, retraso en las operaciones o fallos de la línea de comunicación, independientemente de la causa, en relación con cualquier equipo, sistema, red, línea, satélite, servidor, proveedor, ordenador utilizado en cualquier aspecto de la operación del concurso; (iv) inaccesibilidad o falta de disponibilidad de internet o cualquier combinación subsiguiente; (v) cualquier daño o perjuicio al ordenador del concursante o de cualquier otra persona, o a cualquier dispositivo móvil, que pueda estar relacionado con cualquier intento de participar en el concurso o de descargar material relacionado con el concurso, o que pueda ser el resultado de esos intentos.

 

12.- Aceptación de las bases.

La simple participación en el sorteo implica la aceptación de las presentes bases, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, el promotor quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante. El ganador/a autoriza que su nombre sea publicado en la web o redes sociales del promotor o marca y a estos solos efectos.

Las presentes bases regulan una combinación aleatoria ocasional con fines publicitarios y promocionales, teniendo como única contraprestación alguno de los siguientes casos: el consumo del producto o servicio, sin sobreprecio ni tarificación adicional alguna, ofreciendo premios en especie de conformidad con la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego, o la cesión de datos de índole personal para la participación en el concurso.

 

12.- Cumplimiento de la propiedad intelectual.

Las imágenes y textos del premio del concurso están sujetos a los derechos de propiedad intelectual e industrial y son titularidad exclusiva de promotor.

La obtención del premio objeto de este sorteo no confiere al adquirente ningún derecho de alteración, explotación, reproducción, distribución o comunicación pública sobre el mismo, reservándose la promotora todos estos derechos. El consumidor y participante no podrá poner a disposición de terceras personas dichos contenidos.

 

13.- Protección de datos y cookies. 

Los datos de los participantes serán incorporados y tratados en la actividad de tratamiento “Promoción del comercio”, responsabilidad de la Dirección General de Comercio, Hostelería y Consumo, con sede en la C/ Príncipe de Vergara, 140, 28002 Madrid, tf 915 888 454, dgcomercio@madrid.es , cuya finalidad es el desarrollo de actividades para el fomento y dinamización de la actividad comercial en el municipio de Madrid: campañas, actuaciones de promoción, concursos, actividades lúdicas y educativas, actividades informativas y formativas, concesión de ayudas y subvenciones, etc.

Los datos proporcionados se conservarán por tiempo indefinido y siempre que no se solicite la supresión por el interesado. No serán utilizados para elaborar decisiones automatizadas.

La base legal para el tratamiento de los datos se encuentra en el ejercicio de las competencias atribuidas al Ayuntamiento de Madrid por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Ley 22/2006, de 4 de julio de capitalidad y Régimen Especial de Madrid e interés público. Los datos no podrán ser cedidos a terceros salvo en los supuestos previstos en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal. 

Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre si en la Dirección General de Comercio, Hostelería y Consumo se están tratando datos personales que les conciernan o no. Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. Para ello las solicitudes pueden dirigirse a la citada Dirección General a través de https://sede.madrid.es (Derechos Protección de Datos).

En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente se conservarán para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. También por motivos relacionados con su situación particular, los interesados podrán oponerse al tratamiento de sus datos. El responsable del tratamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Así mismo tiene derecho a retirar el consentimiento otorgado, en cuyo caso será efectivo desde el momento en el que lo solicite, sin tener efectos retroactivos, y derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Delegado/a de protección de datos (Ayuntamiento Madrid): oficprotecciondatos@madrid.es.

Por la participación en el sorteo el participante consiente que el Promotor utilice cookies propias y de terceros, de sesión con la finalidad de permitir al participante su navegación por la Web. Las cookies constituyen procedimientos automáticos de recogida de información relativa a las preferencias determinadas por un usuario de Internet durante su visita a un determinado sitio web. El participante puede configurar su navegador para aceptar o rechazar por defecto todas las cookies o para recibir un aviso en pantalla de la recepción de cada cookie y decidir en ese momento su implantación o no. Los procedimientos para el bloqueo y eliminación de las cookies pueden diferir de un navegador de Internet a otro, por lo que el participante deberá acudir a las instrucciones facilitadas por el fabricante del navegador de Internet. En caso de que el participante desee rechazar la utilización de cookies, podrá continuar navegando por la Web pero puede tener limitado el uso de algunas de las prestaciones.

 

14- Legislación aplicable.

Las presentes bases, en cuanto Condiciones Legales regirán y se interpretarán de acuerdo con las leyes del reino de España y en especial están sujetas a lo dispuesto en la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación, , en la Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

 

15.- Fuero y jurisdicción.

La participación en la presente promoción supone por parte de las personas participantes l participante la renuncia expresa al fuero que pudiere corresponderles aceptando la jurisdicción de los juzgados y tribunales de Madrid como competentes para dilucidar cualquier reclamación derivada de la interpretación o ejecución de las mismas.

 

16.- Otros.

Sobre los extremos y circunstancias no contempladas en las presentes bases, el promotor se reserva el derecho de tomar las decisiones o introducir las modificaciones que considere pertinentes en cualquier momento de desarrollo del período promocional. La decisión del promotor tiene carácter inapelable.

Todos los derechos sobre la promoción, sorteo y sobre las bases del mismo son propiedad del promotor.